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MÉXICO, D.F. (apro).- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) buscar y entregar todos los documentos del diseño del programa “Remediación Ambiental Río Sonora”.

Dichos documentos deberán contener el objetivo del programa, sus resultados periódicos o informes del desarrollo del programa, la unidad administrativa responsable, las reglas de operación o equivalentes, el presupuesto asignado y ejercido, el número de trabajadores que participaron, y quién realizó su pago.

La información fue solicitada por una particular a quien la Semarnat, a través de la Subsecretaría de Planeación y Política Ambiental, le respondió que no contaba con los documentos requeridos porque ésta se encontraba en periodo de evaluación por parte de la Dirección General de Gestión Integral de Materias y Actividades Riesgosas, rea técnica encargada de recibir y revisar el “Programa de Remediación del Río Sonora”.

La dependencia proporcionó un vínculo a la requirente a partir del cual es posible acceder a una presentación del programa, sin embargo la respuesta no satisfizo a la particular y presentó un recurso de revisión en el que argumentó que no quería información resumida del programa, sino todos los documentos oficiales que respondan a su solicitud.

El recurso fue turnado al comisionado Rosendoevgueni Monterrey Chepo, quien señaló que la Semarnat atendió parcialmente el procedimiento de acceso a la información, porque sólo turnó la solicitud de la particular a una de las unidades administrativas competentes.

Según la propia Semarnat, la Dirección General de Gestión Integral de Materias y Actividades Riesgosas, adscrita a la Subsecretaría de Gestión para la Protección Ambiental, es el área técnica encargada de recibir y revisar al “Programa de Remediación del Río Sonora”; sin embrago, la dependencia no aportó elemento alguno que compruebe que dicha unidad administrativa haya atendido el requerimiento de la solicitante.

Además Monterrey afirmó que hay elementos que permiten sostener que a la fecha de la presentación de la solicitud de información, la Semarnat ya contaba con documentación definitiva, adicional a la ofrecida.

Su actuación durante el procedimiento, abundó, transgredió el derecho de la particular, ya que no realizó una búsqueda en todas las unidades administrativas competentes, es decir, faltó al criterio de exhaustividad.

“El acceso a la información se constituye en una de las principales herramientas con las que cuenta el ciudadano para saber de qué manera actúan los gobernantes ante las necesidades de protección al ambiente como consecuencia de sucesos que invariablemente afectan tanto a su entorno, como a sus personas”, argumentó.

Así, el Pleno del INAI modificó la respuesta de la Semarnat y le instruyó a buscar la información solicitada en todas las unidades administrativas, entre ellas la Subsecretaría de Planeación y Política Ambiental y la Dirección General de Gestión Integral de Materias y Actividades Riesgosas y, una vez localizada, deberá entregarla a la solicitante.

El 6 de agosto del año pasado, en Sonora, un derrame de 40 mil metros cúbicos, de una solución acidulada de cobre, alcanzó el arroyo Tinajas, el Río Bacanuchi y el Río Sonora, que derivó en la afectación de una zona de aproximadamente 276 kilómetros, así como el cierre de 322 pozos y norias a 500 metros de los márgenes del río.

Producto de ese desastre se creó el Fideicomiso Río Sonora con recursos aportados por empresas subsidiarias de Grupo México (Buenavista del Cobre, SA de CV y Operadora de Minas, SA de CV), mismo que es administrado por Nacional Financiera y cuyo Comité Técnico es presidido por la Semarnat.

Original Article: http://www.proceso.com.mx/?p=405035&utm_source=feedburner&utm_medium=feed&utm_campaign=Feed%3A+revista_proceso+(Revista+Proceso)

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