México captó inversiones en el sector de la minería por 4,632 millones de dólares en 2017, lo que representó un alza interanual de 23.4% y un punto de inflexión tras cuatro caídas consecutivas en ese indicador, de acuerdo con la Cámara Minera de México (Camimex).
La nueva cifra, sin embargo, está por debajo de las inversiones que a comienzos del año pasado la Camimex esperaba que se captaran, del orden de 5,532 millones de dólares.
La desaceleración de la economía china afectó la cotización internacional de los metales durante 2017, mientras que en los últimos años el sector minero de México se ha ubicado en posiciones bajas en cuanto a su competitividad global.
En la clasificación elaborada por el Fraser Institute, un think tank canadiense que elabora un informe sobre los países más atractivos para atraer inversiones mineras, México se ubicó en el lugar 44 en la edición de 2017, seis posiciones arriba frente al año previo, pero distante de la posición 11 lograda en 2011.
Según la Camimex, en México se han continuado postergando proyectos mineros, en algunos de los cuales hubo retrasos en su fase de construcción, a la vez que la imposición de nuevos derechos, “la falta de certeza jurídica” y la inseguridad han sido los principales elementos disuasivos para invertir en el país.
En México, la Secretaría de Hacienda cobra desde 2014 nuevas contribuciones derivadas de la reforma al régimen fiscal de la minería, con la Nueva Ley Federal de Derechos.
De acuerdo con el gobierno de México, esta reforma incluyó el establecimiento de derechos adicionales aplicables a la minería, diseñados con el objetivo de permitir al Estado recaudar de forma más eficiente y en proporción al valor económico generado.
Con los cambios, se creó el derecho especial del 7.5% a la utilidad neta por la enajenación o venta de la actividad extractiva y el derecho extraordinario sobre minería, correspondiente al 0-5% sobre los ingresos por enajenación del oro, plata y platino.
Finalmente, se fijó un derecho adicional sobre minería por hectárea en concesiones sin exploración o explotación. El derecho consiste en el 50% de la cuota máxima que establece el derecho sobre minería, para aquellos concesionarios que no lleven a cabo obras y trabajos de exploración y explotación comprobados durante dos años continuos, dentro de los primeros 11 años de vigencia, contados a partir de la fecha de expedición de su respectivo título.
Dicha cuota se incrementará en un 100% cuando la inactividad sea a partir del décimo segundo año y posteriores.
Los recursos adicionales que genere el nuevo régimen de minería beneficiarán principalmente a las localidades donde se realiza la actividad minera. Los gobiernos municipales en donde se ubiquen dichas localidades recibirán el 50% de la recaudación, los gobiernos estatales recibirán el 30% y el Gobierno Federal recibirá el 20 por ciento.
La Camimex informó que la tributación por los derechos y los nuevos derechos a la industria minera de México sumó 6,731 millones de pesos en 2017, lo que representó un alza de 20.8% interanual.
Por el contrario, se otorga un estímulo fiscal a los titulares de concesiones y asignaciones mineras cuyos ingresos brutos totales anuales por venta o enajenación de minerales sean menores a 50 millones de pesos, consistente en permitir el acreditamiento del derecho especial sobre minería contra el impuesto sobre la renta que tengan los concesionarios o asignatarios mineros a su cargo.
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